Declaran infundada impugnación por supuesta sobrerrepresentación de coaliciones

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El Tribunal Electoral del Estado de México declaró infundada la impugnación que se presentó por la supuesta sobrerrepresentación con la que cuentan las coaliciones aprobadas en el Consejo General del IEEM, por lo que podrán estar presentes las personas que fueron designadas al interior de cada partido.

Hace unos días el Tribunal Electoral del Estado de México recibió una impugnación de los acuerdos aprobados por el IEEM sobre la conformación de las dos coaliciones que presentaron su registro, pues a consideración del actor, las coaliciones estaban sobrerrepresentadas ante el Consejo Electoral pues solo debería de tener a un titular por alianza.

Sin embargo en sesión pública que se celebró este martes, los consejeros del TEEM estimaron que las impugnaciones a los acuerdos 34 y 35 de este año emitidos por el IEEM eran infundadas pues no se advierte de una violación al principio de equidad por esta supuesta sobrerrepresentación de los partidos coaligados.

Según la sentencia, ello no implica que las fuerzas políticas que conforman la coalición tengan que renunciar al derecho relativo de manera individual pues cada uno de ellos continúa realizando las actividades ordinariamente que se les ha encomendado en la Constitución y la ley.

Finalmente el Tribunal Electoral desechó dos juicios para la protección de los derechos político-electorales pues fueron presentadas de manera extemporánea.

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