Incumplen acceso universal edificios públicos de Toluca

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Los edificios públicos de la capital mexiquense carecen, en su mayoría, de infraestructura adecuada y otros recursos de asistencia para brindar acceso universal a las personas con alguna discapacidad motriz.

(Foto: Juan Carlos Vázquez).

Las oficinas pertenecientes al ayuntamiento de Toluca, que se ubican en la plaza Fray Andrés de Castro y andador Constitución, son inaccesibles para las personas en silla de ruedas o con alguna discapacidad, ya que éstos no cuentan con rampas de acceso o algún otro recurso que facilite la movilidad de las personas.

Cabe señalar que las oficinas ubicadas en andador Constitución cuentan con dos elevadores al interior, sin embargo, ambos no cuentan con el espacio suficiente para introducir una silla de ruedas, además de que pudiera rebasar el peso máximo de los elevadores.

Asimismo, las oficinas que se ubican en la Plaza Toluca (donde se llevan a cabo trámites de registro civil) son casi inaccesibles, ya que alrededor de dicha plaza solo se encuentra una rampa de acceso para personas en silla de ruedas, misma que se ve obstruida por comerciantes, vehículos y el paso de transeúntes.

Por otra parte, los edificios como el del ayuntamiento de Toluca, Palacio de Gobierno, la Cámara de Diputados, cuentan con rampas de acceso y elevadores, pese a ello, éstos no son suficientes para facilitar el acceso a personas con alguna discapacidad.

Por ejemplo, el elevador del ayuntamiento (único medio para poder acceder a todas las oficinas) se encuentra descompuesto. En Palacio de Gobierno, éste es utilizado diariamente por los trabajadores, excediendo su uso.

De igual manera, esta situación llega a presentarse en la Cámara de diputados, evadiendo el uso de las escaleras.

Si bien, algunos inmuebles públicos si cuentan con algunos recursos de acceso universal no son suficientes ni adecuados tal y como lo estipula la Ley para La Protección, Integración y Desarrollo de las Personas con Discapacidad del estado de México, que entró en vigor el primero de enero del 2015.

Algunos de los rubros que especifica esta ley (aplicable en todos los edificios públicos del gobierno estatal y municipios) son: Asistencia humana o animal, autonomía individual y ayuda técnica; que garanticen el acceso universal de todas las personas.

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