Propuesta de Consulta Popular firmada por los candidatos si es viable en el Edomex

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La Constitución Política del Estado de México contempla que es un derecho de los mexiquenses realizar consultas populares.

De acuerdo a la Carta Magna, para que se pueda llevar a cabo deberá ser convocada por el Gobernador de la entidad, por el 33 por ciento de la Legislatura local o por el dos por ciento de la lista nominal de la entidad.
Sin embargo, para que sea vinculatorio, es decir, que sea obligatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo se requiere de la participación del 40 por ciento de la lista nominal.
Una consulta popular se debe llevar a cabo el mismo día en que se realice una jornada electoral en la entidad, sin embargo, nunca se realizará en materia de restricción de derechos humanos, materia electoral, ingresos y egresos del estado y corresponderá a la Sala Constitucional del Tribunal de Justicia mexiquense resolver sobre la procedencia del tema a tratar.
Esto luego de que los candidatos a la gubernatura del Estado de México se comprometieron poner a disposición de la ciudadanía su mandato, si después de dos años no cumplían con sus promesas de campaña.

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