Reves al IEEM: tendrá que registrar 15 planillas municipales de Morena

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El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México determinó que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México deberá registrar las planillas de candidatos de Morena en 15 municipios.

El Consejo General del IEEM determinó en su momento declarar la improcedencia de las planillas de candidatos de Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán Izcalli, Ixtapaluca, Lerma, El Oro, Ozumba, San Antonio la Isla, San Felipe del Progreso, San Martín de las Pirámides, Texcaltitlán, Texcalyacac, Villa de Allende, Zacualpan, Zumpahuacán y Luvianos, postuladas por la coalición encabezada por Morena. 

El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (Foto: Especial).

En el medio de impugnación revisado por el Tribunal Electoral, la coalición hizo valer diversos motivos de inconformidad, de entre los cuales destaca el relativo a que el Instituto Electoral del Estado de México no fundó ni motivó su acuerdo,  agravio que resultó fundado, en razón de que, en el acuerdo impugnado no se desprende por qué la autoridad responsable negó el registro de los candidatos que sí habían cumplido con los requisitos de elegibilidad; aunado a que los requisitos que fueron omitidos con la solicitud de registro, son subsanables por la autoridad administrativa electoral, en consecuencia, se revocó parcialmente el acuerdo IEEM/CG/105/2018, y se ordenó al Consejo General del IEEM otorgar el registro de las planillas de candidatos postulados por la coalición “Juntos Haremos Historia”, en los municipios referidos; en tanto que deberá pronunciarse del municipio de Texcalyacac, en virtud de que en acuerdo impugnado no se hizo mención a los candidatos de este municipio.

Esto significa que en un plazo de 48 horas el Consejo General del IEEM se debe allegar los requisitos faltantes o la coalición realice la sustitución de candidatos; y, dentro de las 48 horas siguientes a que ello suceda, deberá pronunciarse sobre el registro, según la sentencia del recurso de apelación RA/41/2018, interpuesto por la coalición parcial “Juntos Haremos Historia”, que impugnó el acuerdo IEEM/CG/105/2018.

El Tribunal Electoral resolvió 80 medios de impugnación, de entre los cuales, 67 fueron juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local; 10 recursos de apelación; y 3 procedimientos especiales sancionadores.

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