Siguen sin aplicarse fotomultas, autoridades buscan que automovilistas no se puedan amparar

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Las autoridades analizan modificaciones al marco jurídico para evitar que los usuarios echen abajo las multas a través de los juicios promovidos ante el Tribunal de Justicia.

Siguen sin aplicarse las fotomultas en el Estado de México desde finales de julio que anunció la suspensión del programa «Límite Seguro», el ex gobernador Eruviel Avila Villegas.

 

Sin embargo, el pasado 11 de septiembre de este año, cuatro días antes de que culminara su administración Ávila Villegas, fueron publicadas reformas al Reglamento de Tránsito del Estado de México.

 

El objetivo es mejorar el marco jurídico para evitar que los usuarios echen abajo las multas a través de los juicios promovidos ante el Tribunal de Justicia Administrativa, antes Tribunal de lo contencioso Administrativo del Estado de México (Tricaem); pues de los más de 20 procedimientos iniciados, el 90 por ciento fueron a favor de los automovilistas.

 

En este sentido, la publicación reitera que el Reglamento de Tránsito describe por equipos o sistemas tecnológicos «todos los dispositivos electromecánicos, fotográficos y de video que sirvan para regular, controlar y dirigir el tránsito de vehículos, así como para la captación y generación de infracciones».

 

Estos equipos deberán contar con nombre y domicilio del propietario del vehículo, el número de las placas de matrícula del vehículo y entidad en que se expidió, el motivo de la infracción así como el lugar, fecha y hora en que se haya cometido, disposiciones legales que la sustentan, imagen del número de placa o matrícula del auto, con la confirmación de que los elementos corresponden en forma auténtica y sin alteración de ningún tipo a lo captado y el sello o firma electrónica de la autoridad que valida la infracción.

 

Asimismo, se modifican las multas para quienes cometen una infracción de tránsito por los siguientes motivos:

 

  • Por circular a más de 50 kilómetros por hora dentro de los centros de población la multa bajo de 20 días de salario mínimo a entre 10 y 15 Unidades de Medida y Actualización, es decir, 1,132.35 pesos como máximo actualmente.
  • Por circular a más de 20 kilómetros por hora en las zonas de centros educativos, oficinas públicas, unidades deportivas, hospitales, iglesias y demás lugares de reunión cuando haya concurrencia de personas aumentó de entre 10 y 15 UMA, cuando antes era de 5 días de salario mínimo.
  • Esta misma multa aplica por circular en las vías públicas a más velocidad de la que se determine en los señalamientos respectivos y también por no respetar el señalamiento y los límites de velocidad, dice la gaceta.

 

Para el caso de las notificaciones por correo certificado, es decir, que se necesite la firma de recibido, cuando no sea posible informarle al ciudadano en su domicilio, se hará una segunda visita y si no es posible obtener su firma, se dará por entendido por quien lo haya recibido.

 

En el caso de quién pague su sanción dentro de los primeros quince días, obtendrá un descuento del 50 por ciento.

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