Ayuntamientos ya puedan sesionar a distancia, con entrada en vigor de reforma

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En caso de emergencia nacional o estatal de carácter sanitaria o de protección civil, los ayuntamientos mexiquenses podrán sesionar a distancia, mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación o medios electrónicos disponibles y que permitan la transmisión en vivo en la página de internet de los municipios.

los ayuntamientos garantizarán que las sesiones cumplan con la legalidad de los procedimientos y de las votaciones emitidas en términos de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, así como con la protección de datos personales. (Foto: especial).

De acuerdo con el decreto 151 publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, el pasado 4 de mayo, los ayuntamientos podrán sesionar de esta manera y deben garantizar la correcta identificación de sus miembros, sus intervenciones, así como el sentido de la votación. Para esto, el secretario del ayuntamiento deberá certificar la asistencia de cada uno de los integrantes del ayuntamiento y deberá guardarse una copia íntegra de la sesión.

Además, los ayuntamientos garantizarán que las sesiones cumplan con la legalidad de los procedimientos y de las votaciones emitidas en términos de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, así como con la protección de datos personales.

La adición de un cuarto párrafo al artículo 28, recorriéndose en su orden los subsecuentes, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, fue aprobada por unanimidad del Pleno de la 60 Legislatura el 21 de abril y entró en vigor el 5 de mayo.

La iniciativa, presentada a la Asamblea plenaria por la Junta de Coordinación Política presidida por el diputado Maurilio Hernández González, conserva la exposición de motivos y la propuesta legislativa formuladas por Rubén Maximiliano Alexander Rábago, primer síndico de Naucalpan, y detalla que la emergencia nacional o estatal de carácter sanitaria o de protección civil y su duración debe ser determinada por la autoridad competente.

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