Adolfo Murat tiene 45 días para conseguir apoyo ciudadano y ser candidato independiente

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El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México acató la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que declara procedente el Escrito de Manifestación de Intención (EMI) de José Adolfo Murat Macías, para adquirir la calidad de aspirante a candidato independiente para la Elección de Gubernatura 2023.

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México otorga 45 días para que José Adolfo Murat Macías busque el apoyo ciudadano para ser candidato independiente por la gubernatura del Edomex (Foto: IEEM).

“Hoy estamos acatando la obligación de tener un formato y que por lo tanto podría darse por válido elegir el Escrito de Manifestación de Intención, está autoridad administrativa, como lo mandató el día de ayer la Sala Superior, de adoptar todas las medidas necesarias y suficientes para que para que el ciudadano José Adolfo Murat Macías pueda contar con un plazo en este caso, concreto, para poder recabar los apoyos necesarios”.

La consejera Daniella Durán Ceja detalló las razones por las que el Consejo determinó otorgar un plazo de 45 días para que Murat Macías, para que pueda recabar el apoyo ciudadano y alcanzar la candidatura independiente.

“Me parece que cumple con todas las medidas que se estimaron necesarias, suficientes y razonables (…) necesarias, que fueron todas aquellas indispensables; suficientes, es decir bastantes; razonables, que son proporcionales para poder restituir al ciudadano en el pleno goce de sus derechos político-electorales de esta manera como estos 45 días que se está poniendo a nuestra consideración, considero que se puede dar cabal cumplimiento a lo ordenado por la máxima autoridad en materia electoral”.

A partir de hoy el nuevo aspirante tendrá al menos 10 días a la par que los otros aspirantes, y de manera proporcional un medición de 35 días, que es más del 50% para que de manera individual pueda lograr este apoyo ciudadano, tiempo equivalente al 75% de los 60 días que podría tener un ciudadano para resarcir el tiempo que el ciudadano perdió.

Y es que en caso de haberse otorgado los 60 días, los tiempos se empalmarían con el registro de candidatos, y no tendría en caso de obtener la candidatura, para poder hacer una campaña electoral a la par de las otras personas que tuvieran candidatura.

Finalmente el IEEM deberá informar dentro de las veinticuatro horas siguientes a la aprobación del presente acuerdo, a la Sala Superior el cumplimiento de lo mandato en la sentencia.

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