El próximo 4 de junio, al asistir a votar no se aplicarán procedimientos adicionales para confirmar la identidad de las personas trans, por lo que las y los funcionarios de casilla no deberán pedir ninguna prueba para dicho fin.
De acuerdo al Protocolo para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadana del Instituto Nacional Electoral (INE): en ningún caso la falta de concordancia entre la expresión de género del o de la votante con la fotografía de la Credencial para Votar, o bien con el nombre o el sexo (hombre o mujer) asentados en ella, podrá ser causa para impedir el voto.
En este sentido, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) promueve y establece las medidas de inclusión necesarias para garantizar que este proceso esté basado en la igualdad y en la no discriminación.
El citado Protocolo, que está disponible para su consulta en el sitio web: https://igualdad.ine.mx/wp-content/uploads/2021/06/Micrositio_Protocolo_Trans.pdf, establece que en caso de haber un cuestionamiento por parte de alguna de las personas presentes en los centros de votación, este deberá ser resuelto por el presidente de casilla, ya sea que la observación venga por parte de algún representante de partido político, de una candidatura independiente, de un observador u observadora electoral o de ciudadanos o ciudadanas que ejercerán su voto.
El documento además señala que este tipo de eventos deberá ser asentado en la hoja de incidentes; mismos que, a través de un Informe, deberán serán remitidos a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del INE.
Con base en los principios de universalidad, progresividad, interdependencia, indivisibilidad, igualdad y no discriminación es que las instituciones encargadas de la organización de la elección establecen los mecanismos necesarios para garantizar a la ciudadanía que será respetada su identidad de género, orientación sexual y expresión de género, y para asegurar el acceso y disfrute pleno de todos y cada uno de sus derechos en libertad.