Casetazos y tarifazos no solucionan temas de movilidad; necesario regular concesiones

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Al cuestionar en dónde quedó el sistema integral de movilidad que se proponía con la nueva ley aprobada hace un año, la diputada Ruth Salinas Reyes (MC), en la LXII Legislatura mexiquense propuso establecer límites legislativos en las concesiones, subsidios y expropiaciones, para regular los costos del transporte público y las cuotas de peaje en autopistas, pues consideró que “los casetazos y los tarifazos” no son ninguna solución al problema de movilidad y solo perjudican a la ciudadanía.

Ruth Salinas Reyes, en la LXII Legislatura mexiquense propuso establecer límites legislativos en las concesiones, subsidios y expropiaciones, para regular los costos del transporte público y las cuotas de peaje en autopistas (Foto: Especial).

En sesión deliberante, la parlamentaria lamentó que la entidad tenga las casetas más caras del país y que, en 2025, tuvieron un aumento, así como que el transporte público tenga un deficiente servicio para justificar un incremento en el pasaje.

Además, solicitó llamar a rendir cuentas a Daniel Sibaja González, secretario de Movilidad, para que informe el estado en el que se encuentran las carreteras y si se justifica el incremento, así como para que responda las acusaciones de Ramón Sabas Jiménez Fonseca, exdirector de Vialidad, respecto a que ordenó pagos de obras sin terminar y autorización de sobrecostos.  Asimismo, aclare la separación del cargo de cinco servidores públicos de las direcciones generales de Vialidad y de Movilidad de la Zona 4, quienes fueron denunciados por presuntos actos de corrupción.

La iniciativa plantea adiciones a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del estado de México y sus Municipios, para que las concesiones de bienes o servicios, incluyendo carreteras, aeropuertos e infraestructura de movilidad, se otorguen por escrito, mediante título de concesión, donde se establecerá el objeto y alcance, con los límites que impone la ley y las normas reglamentarias aplicables.

Propone que los costos de las tarifas y los mecanismos para su actualización se fijen de acuerdo con el título de concesión y las disposiciones vigentes, reservándose el Estado la facultad de revisión, clasificación del cumplimiento de las obligaciones del concesionario, aprobación y publicación de los aumentos.

El documento destaca que el estado podrá aplicar subsidios al transporte público y a las cuotas de carreteras, mediante políticas que procuren el bienestar económico de la población, con una perspectiva de derechos humanos, pudiendo establecer convenios con los concesionarios para la reducción o condonación de tarifas.

Además, los aumentos a las tarifas de los servicios concesionados, incluyendo el transporte público las carreteras, aeropuertos, servicios conexos y auxiliares de movilidad, se publicarán en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, con 30 días de anticipación a su aplicación.

La vigencia del título de concesión se otorgará de tal forma que, durante ese lapso, el concesionario recupere totalmente la inversión que deba hacer en razón directa del bien o servicio de que se trate; la vigencia que exceda el periodo del titular del Ejecutivo estatal deberá ser aprobada por el Legislativo, la cual no podrá exceder de 15 años, y el plazo de la concesión podrá ser prorrogado, cuando el concesionario cumpla con las obligaciones de la concesión y el gobierno estatal no pueda explotar o prestar directamente el bien o servicio.

Por último, indica que son bienes de utilidad pública, en términos de la ley de expropiación, los activos de los concesionarios necesarios para la prestación de los servicios de movilidad concesionados.

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