Logra PRI tipificación del acecho como delito

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El Congreso mexiquense aprobó por unanimidad la propuesta del Grupo Parlamentario del PRI para tipificar el acecho como delito en el Código Penal, sancionarlo con penas de hasta dos años de prisión y establecerlo en la Ley como una forma de violencia contra las mujeres.

Aprueba la Legislatura del Estado de México, por voto unánime, que el acecho sea sancionado con penas que van de los seis meses a los dos años de prisión, una medida histórica para garantizar la seguridad de las mujeres mexiquenses. (Foto: especial).

La reforma, que fue impulsada por la diputada Lilia Urbina, establece que será sancionada cualquier persona que de manera reiterada vigile, persiga, rastree o busque cercanía física con otra persona en contra de su voluntad.

También será sancionado quien busque establecer con dicha persona comunicación persistente a través de cualquier medio de comunicación o por redes sociales con la finalidad de generar un daño, amenaza o temor fundado por su seguridad o integridad.

“Hoy gracias al respaldo de los grupos parlamentarios, el Estado de México se convierte en una de las primeras entidades del país en tipificar el acecho como delito; es un logro colectivo, que representa un paso firme hacia una vida libre de violencia para las mujeres”, dijo la diputada Urbina.

En caso de que las víctimas sean niñas, niños o adolescentes, este delito se perseguirá de oficio.

“Nuestra meta es clara: proteger y apoyar a las mexiquenses, previniendo conductas que en muchos casos pueden escalar hasta cometer feminicidio”, agregó la legisladora priista.

Las penas establecidas podrán hasta duplicarse en caso de que este delito sea cometido por personas servidoras públicas, quienes además serán destituidas e inhabilitadas.

También se duplicarán en caso de que los actos se cometan por una persona mayor de edad en contra de una niña, niño o adolescente, o bien, contra una mujer embarazada, persona adulta mayor o con discapacidad, y cuando los actos se cometan en razón de la identidad de género u orientación sexual de la víctima.

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