Con el propósito de garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a crecer en un entorno familiar, el Grupo Parlamentario del PAN propuso que, como criterio fundamental de asistencia social para menores en situación de vulnerabilidad o abandono, se priorice su reintegración con su familia de origen, extensa o ampliada, y, cuando ello no sea posible, se contemple su adopción por una familia de acogimiento.

La iniciativa presentada por el diputado Pablo Fernández de Cevallos González y Emma Laura Álvarez Villavicencio también establece que la tutela que ejerzan las autoridades sea de manera provisional.
El proyecto de reforma a las leyes de Asistencia Social y a la que Regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones, ambas del Estado de México, no solo actualiza la legislación con lenguaje incluyente, sino que también incorpora entre las atribuciones del DIFEM la implementación de acciones enfocadas en la adopción.
Añade la revisión del correcto funcionamiento de instancias especializadas de apoyo técnico y supervisión, encaminadas a la protección y defensa de los derechos de menores.
En cuanto a las personas adoptantes, el DIFEM mantiene la atribución de realizar, a través de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes estatal, estudios en materia de psicología, trabajo social, jurídico y médico que permitan acreditar su idoneidad, pero agrega que deben ser “integrales”, con el fin de expedir el certificado correspondiente, además de que adiciona el concepto “puntual”, en referencia al seguimiento al proceso de integración de los menores.
En la Ley que Regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México se incluye como uno de sus principios rectores la promoción de la adopción responsable. También se incorpora que los menores puedan ser acogidos de manera temporal, como fase inicial, por una familia de acogida, hasta garantizarles una opción responsable y permanente.
En el caso de menores adoptados, se precisa el derecho a conocer, cuando lo deseen, sus antecedentes familiares. Cuando se trate de un grupo de hermanas o hermanos, se realizarán las gestiones necesarias para garantizar que sean dados en adopción de manera conjunta.
El DIFEM y los sistemas municipales DIF tendrán la obligación de promover, propiciar y patrocinar las adopciones, a excepción de aquellas en las que se trate del hijo o hija del cónyuge, concubinario o concubina a solicitud de estos.