Para preservar el orden y asegurar el adecuado desarrollo del proceso electoral judicial extraordinario 2025 del estado de México, se implementará la “Ley Seca” en los 125 municipios del estado de México. Quedará prohibida la venta de bebidas alcohólicas desde las 00:00 horas del 31 de mayo hasta las 24:00 horas del 1 de junio.

Esto de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en su artículo 300 y el párrafo segundo del Código Electoral del Estado de México en su artículo 347, donde se estipula la prohibición de bebidas embriagantes en las unidades económicas cuya actividad principal sea esa.
Tales como cervecerías, centros cheleros, vinaterías, licorerías, expendios, tiendas de conveniencia y de autoservicio, supermercados, centros nocturnos y bares.
Dicha prohibición queda exceptuada para restaurantes cuya actividad principal sea la venta de alimentos preparados, y en su caso, como actividad complementaria la venta de bebidas alcohólicas, sin embargo, se exhorta a evitar su comercialización.
La observancia de esta disposición será supervisada por las autoridades municipales competentes, quienes podrán imponer las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento.