Buscan evitar que deudores alimentarios y violentadores de género dirijan la Cobupem

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Con el fin de armonizar la legislación local con la legislación federal, el diputado Vladimir Hernández Villegas, presentó ante las Comisiones Legislativas de Procuración y Administración de Justicia y la Comisión de Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición, una iniciativa para ingresar más perfiles para presidir la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México (Cobupem).

Comisiones Unidad Procuración (Foto: Especial).

“Lo que buscamos es: uno, armonizar la legislación local con la legislación federal. Buscamos ampliar la posibilidad de que ingresen más perfiles, que no sea tan restringido en una materia tan específica, sino más amplio, y esto que nos dé posibilidad de tener perfiles comprometidos en tema de desaparición forzada, de búsqueda de personas, de derechos humanos”.

La iniciativa busca ampliar la posibilidad de tener mayor diversidad para elegir a la persona titular la titular de la Comisión estatal de Búsqueda, ya que en su experiencia señaló, al coadyuvar con la Comisión estatal de Búsqueda, y la Comisión Nacional de Búsqueda, se percató de las oportunidades para realizar mejoras, y la posibilidad de atender de mejor manera, tanto en procedimiento, como directamente en acercamiento con las familias.

Por ello señaló, hay certeza en que al ampliar los perfiles que en los candidatos a presidir la Comisión, estos no deben estar en el Registro de Deudores Alimentarios, ni en el Registro de Violentadores de género; candados que recalcó todo cargo público debe tener.

La iniciativa busca reformar el artículo 25 de la Ley en la materia de desaparición forzada de personas, y desaparición cometida por particulares del Estado libre y soberano de México.

Actualmente se considera:

  1. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
  2. No haber sido sentenciado por delito doloso ni inhabilitado como servidor público.
  3. Contar con título profesional (no necesariamente en una especialidad específica).
  4. Haber desempeñado actividades destacadas en servicio público, sociedad civil o academia relacionadas con la materia de la ley, al menos en los dos últimos años previos al nombramiento.
  5. Contar con conocimientos y experiencia comprobable en derechos humanos y búsqueda de personas, preferentemente con conocimientos en ciencias forenses e investigación criminal.
  6. No estar condenado por sentencia ejecutoriada por el delito de violencia política contra las mujeres por razón de género.

Y los perfiles que se agregan son:

  1. No estar inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
  2. No estar condenado por sentencia ejecutoriada por delitos de violencia familiar, libertad sexual o violencia de género.

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