Dado que, de las 13 millones 313 mil 595 personas usuarias de internet en el estado de México, el 19 por ciento (más de 2.5 millones de personas) vivió ciberacoso de 2022 a 2023, el Grupo Parlamentario del PVEM planteó definir jurídicamente esta conducta, tipificarla como delito y sancionarla hasta con seis años de prisión y mil días de multa, si el ilícito se comete en contra de personas menores de 18 años en situación de vulnerabilidad que les impida comprender o resistirse al hecho.

Al exponer su iniciativa para reformar el Código Penal, y la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, la diputada Itzel Guadalupe Pérez Correa refirió que las cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía reflejan la necesidad de castigar el ciberacoso, y que las autoridades educativas implementen acciones para prevenir, detectar y sancionar esta conducta en las escuelas.
Añadió que no se trata sólo de un problema en línea, que se acaba si se apaga la computadora o el celular, pues “cruza la pantalla y golpea a las niñas, niños y adolescentes en la vida real”. Por ello, planteó la necesidad de contar con mecanismos normativos firmes para que el delito no quede impune.
En este sentido, la iniciativa define al ciberacoso como el hostigamiento, intimidación, amenaza, humillación, vigilancia de forma no consentida o divulgación de información personal de manera no autorizada, que afecte la dignidad, tranquilidad emocional o la privacidad de una persona, a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC).
Entre las penalidades, establece que comete el delito de ciberacoso quien, a través de las TIC, de manera reiterada o sistemática, realice conductas que causen hostigamiento, intimidación, amenazas, humillación, vigilancia no consentida o divulgación no autorizada de información personal, que afecte la dignidad, tranquilidad emocional o la privacidad de una persona, sancionándolo con una pena de hasta tres años y 500 días multa.
La propuesta endurece las penas, aumentándolas hasta el doble —seis años de prisión y mil días de multa—si el delito se comete en contra de menores de 18 años que no tengan la capacidad de comprender el significado o resistirse del hecho, además, la conducta será perseguida de oficio.
En relación con la ampliación de atribuciones de las autoridades educativas, se proponen diversas acciones, tales como: promover la creación de consejos de participación social que estén informados sobre las estrategias de prevención y permitan a los educandos identificar posibles casos de ciberacoso; sensibilizar a la comunidad educativa mediante la distribución de materiales preventivos sobre esta problemática; y fomentar la colaboración continua entre directivos, docentes, padres y madres de familia, así como el alumnado, en la realización de actividades preventivas.