COPRISEM vigilará albercas y balnearios por vacaciones de Semana Santa

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La Secretaría de Salud del estado de México, a través de la Coordinación de Regulación Sanitaria y Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM), revisará, durante esta temporada vacacional, más de 110 balnearios y albercas de centros vacacionales, parques acuáticos, clubes deportivos, desarrollos turísticos, hoteles, centros de enseñanza y cualquier establecimiento que preste un servicio público y cuente con piscina para verificar que cumplan con las normas sanitarias y no supongan riesgos para la salud de los usuarios.

Verifican más de 110 balnearios y albercas en Valle de Bravo, Ixtapan de la Sal, Tonatico, Malinalco, Tenancingo y Tejupilco, entre otros municipios (foto: Especial).

Estas acciones de vigilancia sanitaria se intensificarán en los centros turísticos de mayor concentración poblacional como Valle de Bravo, Ixtapan de la Sal, Tonatico, Malinalco, Tenancingo, Tejupilco y Valle de Toluca, además de Ecatepec, Tlalnepantla, Cuautitlán Izcalli, Nezahualcóyotl, Teotihuacán y Zumpango.

Se realizarán muestreos del agua para análisis microbiológico y fisicoquímico a efecto de determinar si se encuentran dentro de la norma que establece las condiciones mínimas necesarias que deben cumplir las albercas y también verificar que el cloro esté dentro del parámetro, de 1.0 a 5.0 miligramos por litro.

Se verificará que estos establecimientos cuenten con área de regaderas para los bañistas antes de tener acceso a la alberca, que los baños tengan jabón líquido y papel higiénico, y que el agua de la alberca se observe limpia.

El organismo verificará que cuenten con un plan de contingencias, así como procedimientos de limpieza, desinfección y mantenimiento preventivo y correctivo de las albercas y equipos, aunado a que deberá haber personal salvavidas o de primeros auxilios que porte un distintivo con el cual pueda ser fácilmente reconocido.

Con estas acciones, se vigila que cumplan con lo que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-245-SSA1-2010, la Ley General de Salud y el Reglamento de Salud del Estado de México.

Cabe señalar que, en caso de advertir algún riesgo a la salud, se procederá a ejecutar alguna medida de seguridad consistente en la suspensión de trabajos o servicios durante el tiempo necesario a efecto de corregir las irregularidades sanitarias detectadas.

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