El delito de homicidio con ensañamiento, crueldad o por odio manifiesto será sancionado con penas de 40 a 60 años de cárcel o hasta prisión vitalicia, y de 700 a 5 mil días-multa, establece un decreto de la 60 Legislatura mexiquense.
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Para esto se reformó el Código Penal de la entidad, a propuesta del Grupo Parlamentario de morena, a través del diputado Mario Gabriel Gutiérrez Cureño, por lo que ahora incluye mayores penas carcelarias cuando los homicidios y lesiones se cometan por odio o rechazo en contra de personas de la comunidad lésbica, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual (LGBTTTI) y de quienes, por otras razones, como su edad, discapacidad, origen o identidad étnica y religiosa puedan ser víctimas de estos delitos.