En 2020, debido a la pandemia COVID-19, se implementaron sesiones legislativas a distancia mediante la adición del artículo 40 bis a la Ley Orgánica del Poder Legislativo. Posteriormente, el año pasado se reformó dicho artículo, permitiendo sesiones a distancia de manera permanente y no solo durante emergencias.

Sin embargo, ante la necesidad de privilegiar el trabajo presencial para una mejor dinámica legislativa, el diputado Maurilio Hernández González, presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, presentó una reforma para modificar el artículo 40, y que las sesiones sólo sean válidas con la presencia física de la mitad más uno de los legisladores; dejando en el artículo 40 bis la opción remota solo en casos de emergencia o imposibilidad justificada.
Con ello se armonizan los artículos 3 y 49 del Reglamento del Poder Legislativo, con el objetivo de favorecer la participación activa y directa de los legisladores, agilizar la toma de decisiones importantes para el estado, y mantener la opción remota como excepción y no como regla general
Finalmente, la reforma busca mejorar la eficiencia y eficacia de los trabajos legislativos, privilegiando la interacción presencial mientras se conservan mecanismos remotos para situaciones excepcionales.