Doble revés del INE para el PRI en denuncias contra Morena

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De acuerdo con las resoluciones de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral sobre dos quejas presentadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra Delfina Gómez Álvarez y el partido Morena, ambas fueron en contra del denunciante.

Las resoluciones fueron determinadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (Foto: especial INE).

La primera denuncia del PRI, fue por la “presunta adquisición de tiempos en radio y televisión, derivado de la difusión de un evento celebrado el 18 de marzo de 2023, en el que, a decir del quejoso, Canal 22, Canal 11, Capital 21 (Servicios de Medios Públicos de la Ciudad de México); el Instituto Mexicano de la Radio (IMER); el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR) y Canal 14, dieron cobertura y promoción a la precandidata al gobierno del Estado de México, con la intención de influir en las preferencias electorales de la ciudadanía”.

El Revolucionario Institucional solicitó medidas cautelares a fin de que se eliminen las transmisiones de las televisoras denunciadas en YouTube y de cualquier otro sitio, sin embargo, tras el análisis preliminar, se consideró improcedente la medida cautelar solicitada, “toda vez que se trata de hechos consumados. Por lo que hace a la disposición de estos materiales en las redes sociales de los medios de comunicación, la Comisión determinó que es improcedente su eliminación, puesto que se trata de un contenido noticioso circunstanciado a la cobertura del evento del 18 de marzo”.

Lo anterior porque su consulta requiere un acto de voluntad, y no se trata de promoción de una candidatura específica.

La segunda queja presentada por el PRI fue por calumnia, que dijo, se encuentra contenida en el “promocional identificado como MUJERES DG V2, en su versión de radio y televisión”, donde se encuentran contenidas las frases: “¡Se acabaron los cien años de saqueo!”, “llegó la hora de liberarnos de estos corruptos”, en este caso, el PRI solicitó la suspensión de la difusión del spot denunciado.

Al respecto, la Comisión determinó que, “bajo la apariencia del buen derecho”, las frases contenidas en el promocional no constituyen calumnia en contra del PRI, “pues no imputan hechos o delitos falsos sino que se trata de la crítica, perspectiva o señalamiento que realiza el partido Morena”.

Ambas determinaciones fueron aprobadas por unanimidad.

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