Evolución positiva el tipo penal de feminicidio: Ricardo Sodi

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El tipo penal de feminicidio ha sido una evolución positiva, que no debería de cambiar, ni la denominación de tipo, ni la conceptualización pues no solo debe verse desde una perspectiva jurídica, también desde una optica sociológica, así lo consideró el presidente del Tribunal de Justicia del Estado de México, Ricardo Sodi Cuellar.

Ricardo Sodi Cuellar (Foto: Ana Hernández).

Detalló que desde la perspectiva jurídica, cualquier complicación técnica que tenga es superable, a través dijo, de pruebas judiciales, de una acusación o un mejor planteamiento del caso,

Y desde la perspectiva sociológica, consideró, es un avance y una reivindicación importante en favor del  movimiento feminista porque da cuenta de una necesidad real actual, de tutelar y evitar las asimetrías que existen en las relaciones hombre y mujer, que son reales, son ciertas, añadió.

Hay muchos indicadores que señalan esas asimetrías, mencionó, y mientras las asimetrías no se corrijan, la tipificación del feminicidio debe permanecer.

Recordó que el feminicidio ha tenido una evolución, pues primero se consideró como homicidio genérico; después pasó sólo a homicidio, que se calificaba cuando la víctima era una mujer, hasta el concepto actual, que se refiere al homicidio de una mujer, pero por razón de género.

Explicó que en este tipo penal de feminicidio  se establece las causas, es decir, cuando hay una relación sentimental, de amistad, de subordinación o  cuando el cuerpo de la víctima aparece con lesiones, ante mortem o post mortem, que afecten su dignidad, o el caso de violencia sexual.

Asimismo mencionó que los tribunales deberán  ahondar en la creación de jurisprudencia e interpretación de la norma para sensibilizar su aplicación y con ello, agregó, lograr una mejor protección a las mujeres.

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