Fondo para la Atención de Desastres y Siniestros en el Edomex será de 222 mdp

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Además del Fondo, los municipios deberán destinar recursos necesarios de sus propios presupuestos para este rubro. 

El Ejecutivo, a través del secretario General de Gobierno, Alejandro Ozuna Rivero, publicó el 10 de noviembre en la«Gaceta de Gobierno» las reglas de operación del Fideicomiso del Fondo para la Atención de Desastres y Siniestros o Antropogénicos del Estado de México, que para este año es de 222 millones de pesos.

 

El documento señala que “las presentes reglas de operación tienen por objeto regular y establecer los procedimientos para que los entes públicos puedan tener acceso a los recursos del fideicomiso”.

 

Para ello, se establecerá un comité técnico que será el encargado del manejo de estos recursos y que tiene como función, el de llevar a cabo cualquier acción para proporcionar suministros de auxilio y asistencia ante situaciones de emergencia, siniestro o desastre para responder de inmediato y con ello proteger la vida y salud de la población afectada.

 

El comité técnico estará presidido por el titular de la Coordinación de Protección Civil del Estado de México, que en este caso es Arturo Vilchis Esquivel y un secretario que recaerá en la figura del Director de Vinculación Sectorial de la Coordinación General de Protección Civil, así como Ocho vocales, que serán los representantes de las Secretarías de Salud, de Comunicaciones, de Obra Pública, de Desarrollo Urbano y Metropolitano, de Desarrollo Social, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Educación y de la Comisión de Agua del Estado de México.

 

Para la operación de los recursos se abrirá una cuenta mancomunada y la emisión de cualquier cheque deberá llevar la firma del Secretario General de Gobierno en turno y del encargado del fideicomiso, es decir, el coordinador de Protección Civil.

 

Para destinar este dinero, se tomará como base la definición de fenómenos perturbadores de origen natural y antropogénicos cuya clasificación es la siguiente:

 

Geológicos:  Alud, Erupción volcánica, Hundimiento, Movimiento de ladera, Sismo, Subsidencia.

 

Hidrometeorológicos: Granizada severa, Inundación fluvial, Inundación pluvial, Lluvia severa, nevada severa.

 

Antropogénicos: Todo fenómeno perturbador de origen natural y antropogénico que represente un peligro y perturbe la vida cotidiana de las personas.

 

El Fideicomiso podrá atender los gastos realizados por los entes públicos para la reconstrucción y remodelación de los inmuebles que hayan sido afectados, alimentación, abrigo y protección, agua para beber, medicamento relacionado con la atención y protección de la salud, artículos de limpieza, artículos de aseo personal, servicios que ayuden a la atención de la emergencia, siniestro o desastre, y demás insumos que ayuden a salvaguardar la protección de la vida y la salud de la población.

 

También se conformará un subcomité de evaluación de daños, el cual será el encargado de dar la información necesaria de los daños por la emergencia para que el Comité tome las determinaciones para atenderla.

 

Finalmente, establece que los municipios deberán destinar recursos necesarios de sus propios presupuestos para este rubro. 

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