301 peleas legales por patria potestad en trimestre enero-marzo en Edomex

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Pese a que existen muchas causales para que un padre de familia pierda la patria potestad de su hijo, en la entidad mexiquense parece no ser tan común este tipo de juicios.

(foto: Elizabeth García).

En entrevista Ericka Lorena Domínguez Preisser, directora general de la Administración de Juzgados en Materia Familiar del Poder Judicial del estado de México, afirmó que de enero a marzo se han atendido 301 juicios en este sentido.

Recordó que entre las causas para perder la patria potestad está cuando a alguno de los padres se le condena por delito doloso grave, cuando hay violencia familiar mientras no suponga un delito, cuando no se paga la pensión alimentaria por más de dos meses, cuando obligan a trabajar a lo menores y cuando no cumplen con las terapias o cualquier actividad que se imponga para corregir el comportamiento del padre o la madre.

«No son tan comunes, digamos más de mil, si los hay porque hay muchas causales que las pueden generar» afirmó la jueza.

Domínguez Preisser aseveró que aunque exista una separación de los padres, la patria potestad seguirá existiendo. Sin embargo la custodia y las visitas serán algunos aspectos a definir.

Comentó que la mayoría de los juicios son presentados por mujeres hacia sus parejas pero también tuvieron casos donde los abuelos denunciaron a los padres, pues según la legislación la patria potestad la ejercen los progenitores, abuelos paternos y maternos además de los familiares consanguíneos hasta 3er grado colateral.

La patria potestad que implica aspectos de cuidado del menor, administración de bienes, autorizaciones, representación legal, protección integral en los aspectos físicos, psicológico, social, moral, guardia y custodia, así como el derecho de corrección, se adquieren en el momento en el que nace el bebé y se puede perder suspender o terminar dependiendo varios aspectos.

Según la especialista este derecho termina cuando el menor cumple la mayoría de edad, si entregan a su hijo en adopción, cuando estén abandonados sin sus familiares por más de dos meses en las instituciones públicas o privadas, así como por explotación al niño y se suspende cuando se tiene algún accidente, por declaración de ausencia y cuando uno de los padres retiene al menor sin tener la custodia.

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