Legisladores piden al GEM informe sobre inicio de procedimiento contra constructora del Viaducto Bicentenario

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La 60 Legislatura mexiquense exhortó a la Secretaría de Comunicaciones del gobierno estatal a que informe, en un plazo de diez días, si ya inició el procedimiento administrativo de sanción en contra de la empresa Viaducto Bicentenario, S.A de C.V., que construye la autopista del mismo nombre, para el cobro de la multa por 38.3 millones de pesos a que se hizo acreedora por las irregularidades descubiertas.

Dio lectura la diputada Montserrat Ruiz Páez de Morena, y agrega que el 19 de agosto de 2016 el gobierno mexiquense hizo público un reporte elaborado por la consultora Internacional Price Waterhouse Coopers, S.C. Foto: Especial).

Conforme al punto de acuerdo propuesto por el Grupo Parlamentario de Morena, también se exhortó al gobierno mexiquense a que por conducto de la misma secretaría explique por qué no ha dejado sin efecto los incrementos extraordinarios de tarifa autorizados en 2011 para esa autopista, a partir de una supuesta sobreinversión que resulta, parcial o totalmente, de las irregularidades encontradas.

Se le pidió además informar si ya disminuyó el monto de la inversión de la empresa Viaducto Bicentenario, S.A de C.V. en esa obra, en una cantidad igual a la de las irregularidades detectadas, que suman mil 94 millones de pesos.

Aprobado previa dispensa de trámite a comisiones de dictamen, el exhorto recuerda que fue en mayo de 2008, cuando el gobierno estatal suscribió un título de concesión, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones, a favor de la citada empresa para la construcción, explotación, operación, conservación y mantenimiento de la mencionada autopista, actualmente compuesta por un viaducto elevado de 21.42 kilómetros con tres carriles por sentido en modalidad reversible, que corre por los municipios de Naucalpan, Tlalnepantla y Cuautitlán.

El documento, al que dio lectura la diputada Montserrat Ruiz Páez (morena), agrega que el 19 de agosto de 2016 el gobierno mexiquense hizo público un reporte elaborado por la consultora Internacional Price Waterhouse Coopers, S.C. (PwC), que contiene el Análisis Técnico, Legal y Financiero de la Concesión del Viaducto Elevado Bicentenario, el cual reporta 163 irregularidades que monetariamente suman la cantidad indicada.

El punto de cuerdo prosigue señalando que éstas se refieren en general a una sobreinversión de la empresa no autorizada por la Secretaría de Comunicaciones ni por el Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México (“Saascaem”), únicos entes autorizados a avalarla. De tal manera que la sobreinversión no autorizada invalida cualquier incremento al plazo de vigencia de la concesión y a las tarifas de cobro por el uso de esa vía.

Explica además que una vez conocido el reporte de la consultora internacional, el Saascaem inició el procedimiento para sancionar a la empresa por tales inconsistencias, fiando una multa por 38.3 millones de pesos. Sin embargo la empresa solicitó una amparo judicial contra esta determinación, el cual le fue concedido en abril de este año por considerar el Juez Octavo de Distrito en el Estado de México, con sede en Naucalpan de Juárez, quien llevó el caso, que el Saascaem no tiene facultades para iniciar un procedimiento administrativo sancionador, sino que le corresponde precisamente a la Secretaría de Comunicaciones del Estado de México.

Inexplicablemente, afirma el documento, en su comparecencia de fecha 8 de octubre de 2018 ante esta Soberanía, el Secretario de Comunicaciones manifestó no saber qué había pasado con la multa referida.

Al precisar que la empresa Viaducto Bicentenario es una subsidiaria de OHL México, S.A.B. de C.V., actualmente denominada Aleatica, S.A.B. de C.V., detalla que el amparo no resuelve de fondo el asunto ni exonera a la empresa, pero sí deja a salvo el derecho del Gobierno del Estado de México para iniciar un nuevo procedimiento administrativo de sanción en su contra por conducto de la Secretaría de Comunicaciones.

Este derecho, concluye, “en realidad es una facultad de ejercicio obligatorio del Estado de México, de modo que es necesario que el Secretario de Comunicaciones informe a esta Soberanía si ya inició el nuevo procedimiento administrativo de sanción”, y la fecha en que tal empresa hubiera recibido la notificación correspondiente.

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