Hoy es la fecha límite para el pago de aguinaldos. El llamado a cumplir con esta obligación proviene de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con base en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
Desde 1970 se incluyó esta prestación dentro de los derechos de los trabajadores por lo que se hace obligatorio que todos aquellos que tengan negocio o empresa en la que contraten a terceros lo otorguen.
Los empleados del sector público tienen derecho a 40 días de salario mínimo en tanto que los del sector privado a 15 días de sueldo base. Esto es, trabajadores de base, confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado o eventuales.
También se recibe aguinaldo vía fallecidos. Los beneficiarios pueden solicitar el pago cuando haya un pliego testamentario en la empresa en el cual estén designados.
Cada quien decide cómo gastarlo: en deudas, ropa, fiestas o alcohol. Para algunos otros se irá en vacaciones a otros funciona como más recursos para enfrentar los gastos extras. Es una prestación o derecho extraordinario y está libre de impuesto.
Escucha a Patricia Maldonado. Dale play: