Personas de grupos vulnerables serán acreedores a descuentos en pagos de impuestos

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De acuerdo con la ley de Ingresos de los Municipios, aprobada por la LIX Legislatura el pasado 30 de noviembre, las personas que estén consideradas como integrantes de grupos vulnerables tendrán descuentos en el pago de sus impuestos para este ejercicio fiscal que está iniciando.

La Cámara de Diputados (Foto: Cortesía).

En este sentido, los pensionados, jubilados, huérfanos, menores de edad, con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos, madres solteras sin ingresos fijos y aquellas personas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos, contarán con bonificaciones de hasta 34 por ciento en predial y de hasta 38 por ciento en derechos de agua.

Para ello, las personas únicamente deberán acreditar que son los propietarios o que habitan el inmueble y deberán estar inscritos en el padrón con lo que se harán acreedores a estos descuentos que tienen la finalidad de ayudar en el bolsillo de los mexiquenses, principalmente lo que tienen estas características.

Esta ley también establece que el pago de contribuciones y aprovechamientos los estímulos fiscales serán de hasta 100 por ciento.

Señala que el monto de los apoyos, así como los términos y condiciones para el otorgamiento de la bonificación se determinarán mediante acuerdo de cabildo y que, en todo caso, el monto de los derechos a pagar no podrá ser inferior a los mínimos establecidos en el artículo 130 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Este mismo artículo establece las tarifas y señala que los derechos por el suministro de agua potable se pagarán mensualmente, bimestralmente o de manera anticipada, según la opción que elija el contribuyente, siempre y cuando los municipios por sí o por conducto de los organismos operadores de agua cuenten con los dispositivos y modalidades que para tal fin establezcan o con cargo a tarjeta de crédito otorgada por instituciones bancarias, en las oficinas o establecimientos que el propio ayuntamiento designe.

Cabe recordar que se mantiene el subsidio a la tenencia por lo que únicamente las personas deberán pagar el refrendo que asciende a 529 pesos dentro de los primeros tres meses; si no se aprovechó en este periodo, el contribuyente pierde está opción y deberá pagar no sólo la tenencia, sino recargos y el monto del refrendo que no se utilizó en su momento.

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