Plantean hasta 4 años de prisión por acecho o stalking

0
26

En nombre del Grupo Parlamentario del PRI, la diputada Lilia Urbina Salazar propuso tipificar el acecho o stalking como un delito y sancionarlo hasta con dos años de prisión y 33 mil 942 pesos de multa a quien, de manera directa o por una persona intermediaria, aceche o intimide a alguien, sanción que podría alcanzar hasta cuatro años de prisión en el caso de cometerse por personas servidoras públicas.

La diputada Lilia Urbina propuso sancionar hasta con 2 años de prisión y 33 mil 942 pesos de multa a quien cometa este delito, y se incrementará hasta 4 años en caso de cometerse por personas servidoras públicas (Foto: Especial).

De acuerdo con la iniciativa para reformar el Código Penal estatal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ambas estatales, el acecho es definido como el patrón de conducta repetida y no deseada, acoso no sexual, contacto, vigilancia, seguimiento o cualquier otra acción dirigida a una persona en específico, a sus familiares, amistades o círculo cercano, que le cause miedo, ansiedad y que, como consecuencia, modifique hábitos, itinerario, número de teléfono, correo electrónico, perfiles de redes sociales, lugar de residencia, trabajo, escuela, centro religioso o culto.

La parlamentaria comentó que en el estado de México el 78 por ciento de las mujeres ha sufrido algún tipo de violencia en su vida, muchas de las cuales han sido víctimas de acecho, una conducta que, pese a que no siempre termina en agresión física, “deja cicatrices profundas en la mente y el corazón”.

En este sentido, la propuesta detalla que comete el delito de acecho quien de manera reiterada (más de dos ocasiones) siga, vigile o se comunique persistentemente con alguien en contra de su voluntad, afectando su tranquilidad, libertad, intimidad y seguridad; así como que el delito se perseguirá por querella, o de oficio cuando las víctimas sean menores de edad.

Explica que estas penalidades aplicarán para quien vigile, persiga, rastree o busque cercanía física; establezca comunicación de manera directa o por una persona intermediaria, a través de cualquier medio de comunicación o redes sociales, y atente contra su libertad, patrimonio o bienes, o los de cualquier persona relacionada con ella, con el fin de intimidarles.

Las penas se agravarán hasta tres años con cuatro meses de prisión cuando se ingrese o aproxime al lugar de residencia de la víctima, o de cualquier persona con la que mantenga lazos de parentesco o amistad, amenazándoles con provocar algún daño físico o a sus bienes, y cuando se utilicen, directa o indirectamente, dispositivos tecnológicos para la vigilancia, persecución, rastreo o contacto no deseado, entre otras conductas.

Además, habrá hasta cuatro años de prisión cuando el acecho sea cometido por personal de servicio público, que será destituido e inhabilitado para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, hasta por la duración de la pena de prisión impuesta.

Finalmente, la iniciativa incluye en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia al acecho como un tipo de violencia psicológica que puede conducir a la víctima a la depresión, aislamiento, devaluación de su autoestima e incluso al suicidio.

Comentarios

comentarios