Con la intención de que los adultos mayores no sean “echados” de sus casas una vez que repartieron los bienes con sus familiares y esto los deje en estado de abandono, se presentó una propuesta para reformar.

Se expresa que una vez que los beneficiarios obtienen esta donación, actúan de mala fe y despojan de sus bienes a las personas de mayor edad.
Con esta reforma al Código Civil del Estado de México lo que se busca es proteger a este sector de la población y que, aunque repartan sus bienes como lo pueden ser sus casas, puedan continuar viviendo ahí hasta que fallezcan.
“Cuando el donante sea un adulto mayor, la escritura pública deberá contener una cláusula de usufructo vitalicio sobre e bien o bienes donados, que proteja a nuestros adultos mayores y puedan permanecer en el inmueble hasta su muerte”, establece la propuesta.
Con esto, los adultos mayores podrán seguir disfrutando del bien que dieron en donación aunque ya no sean los dueños, con lo que están protegidos ante la intención de un desalojo, muchas de las veces, por parte de sus propios familiares.
Y aunque en el Código Civil de la entidad existe la figura de revocación de la donación por ingratitud esta tiene como plazo un año para que pueda prescribir, este tiempo es insuficiente para las personas que quedan en indefensión.
Esta iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis y posible aprobación.