Proceso de elecciones locales iniciará la primera semana de enero del año de los comicios

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Después de presentar por separado las propuestas de la legisladora Karina Labastida Sotelo, en nombre del Grupo Parlamentario de morena, y el diputado Anuar Roberto Azar Figueroa, coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, para racionalizar el gasto público, se decretó que el proceso para elegir gobernador, diputados locales y miembros de los ayuntamientos iniciará la primera semana de enero del año de los comicios.

El decreto 152 publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno establece la reforma al Código Electoral del Estado de México vigente desde el pasado 5 de mayo, y fue aprobado por la 60 Legislatura el pasado 21 de abril (Foto: Especial)..

Lo anterior de acuerdo con la 60 Legislatura, es con base en los principios de legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas.

El decreto 152 publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno establece la reforma al Código Electoral del Estado de México vigente desde el pasado 5 de mayo, y fue aprobado por la 60 Legislatura el pasado 21 de abril.

Las reformas se aplicaron al párrafo tercero del artículo 29; el segundo párrafo del artículo 182; las fracciones VI y VII del artículo 185; los párrafos primeros de los artículos 210, 219 y 225; el último párrafo del artículo 241; el penúltimo párrafo del artículo 252, y los artículos 99, 100, 101, 235, 237 y 251, además de que se derogó el párrafo segundo del artículo 225 del Código Electoral del Estado de México.

En la reforma se establece que el inicio de los procesos en septiembre del año anterior a la elección representaba gastos superiores a 13 millones y medio de pesos (mdp) mensuales en rentas de espacios para las juntas electorales distritales y municipales, lo que representará un ahorro mayor a los 50 mdp. Según la propuesta de Karina Labastida en la que además nulificó las remuneraciones a sus titulares y personal operativo durante ese lapso de tiempo.

Por otra parte la iniciativa de Anuar Azar señala que las elecciones de gobernador, diputados y ayuntamientos, concurrentes con las elecciones federales, repercutirá en la disminución del gasto público de los partidos políticos durante las campañas.

Lo anterior se dijo, permitirá aprovechar al máximo la coordinación de los tres niveles de gobierno para combatir el abstencionismo, y además como consecuencia de estas reformas se ajustan los tiempos de las actividades primordiales del Instituto Electoral del Estado de México, previamente y durante el proceso electoral.

La convocatoria de cada elección será aprobada durante el primer periodo ordinario de sesiones de la Legislatura el año previo al de la elección, a más tardar el 18 de diciembre, para que se publique la primera semana de enero del año de la votación.

Por lo anterior, el Consejo General del IEEM sesionará previo al inicio al proceso electoral la primera semana de enero del año de la elección, mientras que los consejos distritales y municipales iniciarán sus sesiones a más tardar dentro de la segunda semana de enero.

La cédula de respaldo de las candidaturas independientes a gobernador, diputados por ambos principios y miembros de los ayuntamientos, deberá presentarse con fecha de corte al 31 de diciembre del año previo a la elección.

Se determinó que el registro de candidatos a gobernador, diputados por ambos principios y miembros de los ayuntamientos dure 15 días y que el Consejo General del IEEM realice los ajustes a los plazos establecidos, a fin de garantizar los tiempos de registro.

En cuanto a la duración de las campañas electorales será de 38 días anteriores a la jornada electoral acorde a lo señalado por el Código Electoral.

En la reforma también se indica que las autoridades estatales y municipales, así como los legisladores locales, se abstendrán de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario.

Por lo que deberán evitar hacer entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de programas asistenciales o de promoción y desarrollo social, salvo en los casos de extrema urgencia debido a enfermedades, desastres naturales, siniestros u otros eventos de igual naturaleza.

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