Propone PT 30 días naturales para nombrar titular de la Cobupem

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La diputada Ana Yurixi Leyva Piñón (PT) propuso que, ante la ausencia por remoción o renuncia, de la persona titular de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México (Cobupem), la Consejería Jurídica del gobierno estatal, en un plazo no mayor a 30 días naturales, inicie y concluya el procedimiento para que la o el titular del Poder Ejecutivo, dentro de este plazo, nombre a la persona que ocupará tal cargo.

La diputada Ana Yurixi Leyva, del Grupo Parlamentario del PT (GPPT), afirmó que su iniciativa mejorará las actividades de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de México (Foto: Especial).

En la exposición de su iniciativa, la proponente señaló que lo anterior es en virtud de que al frente de esta Comisión, desde el mes de junio del año pasado, está una funcionaria en calidad de “encargada de despacho”, por lo que, si se busca brindar mayor certeza jurídica a las actividades y acciones que se realicen, se requiere que se lleve a cabo el nombramiento y designación oficial de la persona titular.

Recordó que siete municipios de la entidad cuentan, desde 2019, con la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Desaparición; que la entidad se ubica entre las 10 primeras del país por personas no localizadas; que el 71.83 por ciento de mujeres desaparecidas en el país se concentra en 10 entidades, encabezadas por el Estado de México, que también lidera el mayor número de niñas, niños y adolescentes desparecidos del país; y que 110 municipios mexiquenses concentran el mayor número de personas no localizadas a nivel nacional.

La iniciativa de reforma a la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición cometida por Particulares de la entidad, resalta que la Comisión determina, ejecuta y da seguimiento a las acciones de búsqueda de personas desaparecidas en el territorio estatal, en coordinación con otras instancias públicas competentes, lo que indica la importancia de nombrar formalmente a su titular.

Conforme a la ley referida, la Cobupem estará a cargo de una persona titular nombrada y removida por la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, a propuesta de la persona titular de la Consejería Jurídica y, para esta designación, la Consejería Jurídica realizará una consulta pública previa, a los colectivos de víctimas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia.

De aprobarse esta reforma, y la Cobupem se mantenga sin titular, la Consejería Jurídica deberá iniciar el referido procedimiento para su designación, para lo cual contará con 30 días naturales.

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