El gobierno del Estado de México publicó las reglas de operación del Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal (Fefom) correspondientes al ejercicio fiscal del 2020.

En esta información la administración estatal, a través de la Secretaría de Finanzas, establece cuales son los criterios para acceder a los 2 mil 500 millones de pesos de este año y la forma en que se deberán ocupar, pues el 50 por ciento se encuentran etiquetados y el resto es para el manejo de los municipios pero en rubros específicos.
El 50 por ciento de los recursos asignados a cada municipio estarán etiquetados para seguridad e iluminación municipal y de este dinero, el 20 por ciento será en específico para la protección civil.
La otra mitad que no está etiquetada y que servirá para que cada alcalde decida su gasto, deberán destinarse, principalmente, a proyectos de inversión; sin embargo, de ser necesario podrá ocuparse para el pago de pasivos de proyectos de inversión y sus costos colaterales como intereses, costos administrativos, garantías, comisiones de restructuración, entre otros.
También se permite que este dinero no etiquetado se pueda destinar a la deuda que se tenga con entidades y se le dará prioridad a la Comisión del Agua del Estado de México, al ISSEMyM, al Gobierno estatal, la Comisión Federal de Electricidad y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
De estos mismos recursos se podrán adquirir camiones recolectores de basura, para desazolve de drenaje, de volteo, de pipas de agua, ambulancias, patrullas y retroexcavadoras, siempre y cuando el monto no sea mayor al 15 por ciento de los no etiquetados.
Otro aspecto en el que los alcaldes podrán destinarlo, es para a modernización del Catastro municipal del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos.
Estas reglas estipulan que el Fefom no se podrá utilizar en temas como pintura, rastreo de caminos, vestuario, vehículos, mobiliario de oficina, equipo de cómputo, uniformes, armamento, chalecos antibalas, es decir, equipamientos de oficinas ni mantenimiento menor.
Los municipios tendrán como fecha límite el 15 de octubre para presentar a documentación que en estas reglas se solicitan y para tener acceso a las ministraciones deberán estar al corriente en el pago de sus cuotas y aportaciones al ISSEMyM hasta el 2020 o ese caso presentar convenios realizados por adeudos anteriores.
Toda obra financiada por el Fefom, deberá contener la leyenda: «Esta obra fue realizada con recursos públicos del Gobierno del Estado de México«.