¿Qué son los delitos electorales, tipos, y cómo se castigan?

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Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible, de acuerdo con los estipulado por la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE).

La compra del voto es una forma de delito electoral.(Foto: Manuel Luna)

La FEDE señala que este tipo de delitos pueden ser  cometidos por cualquier persona, funcionarios electorales, candidatos, servidores públicos, organizadores de campaña y ministros de culto religioso.

Están considerados como delitos electorales el hecho de que una persona vote más de una vez, hacerse pasar por funcionario de casilla, solicitar el voto a cambio de alguna forma de pago, la sustracción ilegal de urnas o boletas electorales o introducir boletas falsas, así como intentar votar con una credencial que no sea la propia.

Asimismo, solicitar evidencia del voto mediante fotografías o cualquier otro medio que viole la condición del sufragio secreto, solicitar a las personas transportarlas a la casilla el día de la elección a fin de que voten por algún partido político, así como apoderarse, destruir, alterar o suministrar de manera ilegal materiales o documentos públicos electorales.

También es delito electoral obstaculizar e interferir en el traslado y entrega de paquetes y documentos públicos electorales y amenazar con suspender el beneficio de algún programa social por no votar por algún candidato, entre otros.

De acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales, esta serie de conductas contemplan sanciones. En el caso de quien compre o coaccione el voto se impondrán de cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses a tres años.

Si algún servidor público incurre en este tipo de delitos puede ser sentenciado hasta con 9 años de prisión y de 200 a 400 días de multa.

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