Resuelven divorcio en línea cónyuges radicados en Turquía y Singapur

0
903

Apoyada en la tecnología, la titular del Juzgado Familiar en Línea, Luisa Isabel Morales Reynoso resolvió la situación jurídica de dos cónyuges que solicitaron la disolución del vínculo matrimonial, uno de ellos radica en Estambul, Turquía, y el otro en República de Singapur. Sin embargo, el último domicilio en el cual hicieron vida en común, fue en territorio Mexiquense.

En un plazo no mayor a cinco días hábiles, se llevó a cabo la Junta de avenencia y se dictó sentencia. (Foto: especial).

El Poder Judicial del Estado de México detalló que con el fin de responder a la ciudadanía que ha contraído matrimonio en territorio nacional y que por razones personales o de trabajo vive en diversos países, a través de herramientas legales y tecnológicas, disolvió el vínculo matrimonial por mutuo consentimiento a distancia.

La Jueza se declaró competente para conocer de dicha solicitud, señalando día y hora para llevar a cabo la Junta de avenencia vía teleconferencia; en la que cada uno de los participantes con su Firma Electrónica Judicial FeJEM, se enlazó desde el país en el que radica respectivamente y a 16 mil kilómetros del juzgado.

En menos de cinco días hábiles y por video llamada se llevó a cabo la Junta de avenencia, en la que por Ley, la jueza exhortó a la ex pareja a una reflexión final sobre la disolución del vínculo matrimonial. Y se dictó la sentencia definitiva, que los separa legalmente.

Cada una de las partes, distanciadas entre sí, por más de 8 mil de kilómetros de mar y tierra, ratificó el convenio celebrado, mismo que fue  analizado por la titular de juzgado, salvaguardando en todo momento los derechos del menor hijo, quedando debidamente establecido lo relativo a la guarda y custodia, régimen de convivencia (mismo que se llevará a cabo mediante los mecanismos tecnológicos que los propios padres establecieron).

De igual forma quedó debidamente garantizada la obligación alimentaria a través de un recibo de pago internacional, cumpliendo con los requisitos marcados por la legislación procesal de nuestra entidad, se dictó sentencia definitiva en la cual se disolvió el vínculo matrimonial.

Comentarios

comentarios