Semov brindará subsidios a concesionarios de transporte público mexiquense

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La Secretaría de Movilidad del estado de México otorgará beneficios fiscales para los concesionarios del transporte mexiquense para apoyarlos ante las consecuencias económicas que ha dejado la pandemia por el coronavirus Covid-19.  

(Foto: Especial).

Se trata del subsidio del 100 por ciento en el pago de la tenencia del ejercicio fiscal 2020 y sus accesorios, para los propietarios de vehículos destinados al transporte público de pasajeros; siempre y cuando esté vigente su concesión y vayan al corriente en sus pagos.  

 La condonación del 100% en el pago de la tenencia, derechos de refrendo anual para vehículos del servicio público de transporte en todas sus clases y modalidades, y los accesorios correspondientes, respecto de los ejercicios fiscales 2018 y anteriores; siempre y cuando paguen los ejercicios fiscales 2019 y 2020.  

Subsidio del 100 por ciento en el pago de servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de prórroga de la concesión por un año contado a partir de la fecha de vencimiento de su vigencia, a las concesiones vigentes del servicio regular de pasaje en su modalidad de colectivo e individual en automóvil de alquiler de sitio; siempre y cuando el año modelo de los vehículos afectos a dichas concesiones se encuentre dentro de norma.  

Aunado a lo anterior, sí el vehículo de la concesión es modelo 2018 o posterior, se otorgará un subsidio adicional del 100% en el pago del derecho por concepto de prórroga de la concesión por un año adicional.  

En este último caso no será otorgado el beneficio si el vehículo excede el periodo de vida útil señalado en la normatividad aplicable.  

Subsidio del 100% en el pago de los adeudos hasta el ejercicio fiscal 2019 por concepto de prórroga en las concesiones vencidas del servicio regular de pasaje en su modalidad de colectivo así como individual en automóvil de alquiler de sitio; siempre y cuando el concesionario realice el pago correspondiente a la prórroga del ejercicio fiscal 2020, acredite que el año modelo de los vehículos, se encuentre dentro de vida útil, acredite que el auto no cuenta con adeudos por ningún otro concepto para la prestación del servicio de que se trate.  

Subsidio del 50% en el pago por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de expedición o reposición de placa para vehículos del servicio público de transporte en todas sus clases y modalidades, siempre y cuando las concesiones estén vigentes al momento de la realización del trámite, asimismo, que su año modelo, esté comprendido entre 2011 y 2021. 

Subsidio en el pago por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de cambio de vehículo para el servicio regular de pasaje en todas sus clases y modalidades, de acuerdo con los siguientes parámetros: Año modelo del vehículo sustituto Subsidio 2019 o posterior 100%, 2015 a 2018 el 50%, 2012 a 2014 25%  

Subsidio del 100% por servicios para autos del transporte en todas sus clases y modalidades, por cambio de propietario, baja de placas; Subsidio del 50% en el pago de la tarjeta de circulación y/o del título de concesión en todas sus clases y modalidades; siempre y cuando el automotor, cuente con vida útil en términos de la normatividad aplicable.  

La condonación del 100% de adeudos en el impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados, causados en el ejercicio 2020 y anteriores, así como sus accesorios, para los vehículos en todas sus clases y modalidades, siempre y cuando acrediten la sustitución de vehículo 

Esto no aplica para el servicio de arrastre y salvamento, al especializado de escolar, especializado de turismo, de carga general y especializado de carga.  

Los concesionarios deberán acreditar: tener los legítimos derechos, contar con protocolización del acta de asamblea debidamente inscrita ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México pagar en una sola exhibición los conceptos no condonados o subsidiados del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, de derechos por refrendo anual, y los accesorios correspondientes, así como los derechos de los servicios prestados por la Secretaría de Movilidad  que sean necesarios. 

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