Todos los partidos políticos estuvieron de acuerdo en la impresión de las boletas electorales

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Con la fecha cercana a la jornada electoral del 4 de junio, ya se empezó a difundir la boleta electoral con los logotipos y el número de veces que aparece el nombre de cada candidata, lo que coloca suspicacias en algunos personas, principalmente con manifestaciones en las redes sociales respecto a que Alejandra Del Moral aparece en 4 recuadros, mientras que Delfina Gómez sólo uno,  ante ello, la consejera electoral Karina Ivonne Vaquera Montoya detalló que existen lineamientos y leyes para la determinación de cómo se elaboran las boletas.

Esta será la boleta que los mexiquenses veamos en las casillas el próximo 4 de junio (Imagen: especial IEEM).

“Es importante mencionar la inserción de los emblemas de los partidos políticos en las boletas electorales se imprimen de acuerdo con lo que establece la normatividad del Código Electoral del Estado de México y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; nos marcan y nos dicen muy claramente cuáles son las reglas que deben seguirse para plasmarse los emblemas, al día de hoy tenemos registradas: una candidatura común y una coalición; las características de la candidatura común y de la coalición se reflejan también en cómo se presentan las boletas electorales”.

En ese sentido detalló que las dos formas asociativas en las que los partidos políticos decidieron contender  son diferentes, por lo que se refleja en las boletas electorales:

“La ley de Partidos Políticos, el Código Electoral y los artículos 77 y 81, establece que en la candidatura común, el emblema será conjunto (…) de los partidos políticos que la conforman, y deberán aparecer en un mismo espacio de la boleta electoral, por eso se observa -así a- los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México que decidieron contender bajo esquema de candidatura común.

“Por su parte, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que es una Ley federal, lo que establece en el artículo 37, es que los partidos políticos pueden integrar una coalición, y si integran una coalición, aparecerán en la boleta electoral con su propio emblema”.

Lo anterior además, tiene efectos en que cada uno de los partidos políticos coaligados, recibirán el número de votos de manera separada, a diferencia de los partidos de la candidatura común, donde se establece un convenio con la forma en la que ellos habrán de numerar los votos de cada uno, con base en un porcentaje.

La consejera señaló que este principio lo tenían perfectamente claro los partidos políticos por lo que no debe haber algún reclamo al respecto, de que aparezca más veces el nombre de una candidata en la boleta, pues los partidos políticos conocen muy bien lo que indica la Ley.

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