Va Morena por ‘Ley Sabina’ en el estado de México

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El diputado local de Morena, Daniel Sibaja, presentó una iniciativa para sancionar a quien sin motivo justificado, abandone a la mujer en estado de gravidez, pero que además, le sea acreditada su paternidad legalmente.

Ante ello, puso ante el pleno esta iniciativa, también conocida como ‘Ley Sabina’, la cual busca respaldar a los menores que nunca han recibido pensión alimenticia. Foto: especial.

Lo anterior ya que de acuerdo con el legislador, “La familia es la institución más importante de la sociedad así como cada integrante que la compone, primordialmente las hijas y los hijos quienes son la base fundamental. Por tal razón, se debe garantizar el sano desarrollo del menor en cualquier etapa de su vida”.

Ante ello, puso ante el pleno esta iniciativa, también conocida como ‘Ley Sabina’, la cual busca respaldar a los menores que nunca han recibido pensión alimenticia.

“En el estado de México, cada día se promueven un promedio de 37 juicios, y anualmente se generan más de 12 mil, en promedio el Poder Judicial del Estado de México emite 62 resoluciones al mes, lo que se traduce únicamente en 744 resoluciones”.

Con esta situación y a pesar del buen trabajo reconocido por el legislador hacia el Poder judicial, se requieren realizar acciones que garanticen una mayor medida al interés superior de la niñez, por lo que la Ley busca sancionar a los padres deudores y garantizar una pensión alimenticia a los menores.

“Se promueve sancionar con una pena de seis meses a dos años a quien sin motivo justificado abandone a la mujer en estado de gravidez, pero que además, le sea acreditada su paternidad legalmente (…) demos certeza jurídica para tener acciones que cambien la vida de las personas, ese es nuestro principal reto”.

Además de ello, la iniciativa busca multar de ciento cincuenta a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, así como la pérdida de los derechos inherentes a la patria potestad, custodia o tutela y a heredar, si estuviere en aptitud legal para ello, después de haber ocurrido el nacimiento.

Además, estas sanciones “se incrementarán en un tercio, cuando por el abandono se produzcan cualquier tipo de lesiones a la mujer en estado de gravidez o al producto en periodo de gestación”. Y si como resultado de las lesiones muere el bebé o la madre, se incrementarán hasta la mitad, siempre y cuando se compruebe la paternidad del sujeto activo.

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