Cárcel a quien induzca a menores a cometer delitos graves

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El pleno de la LXI Legislatura aprobó sanciones de cárcel por hasta 13 años de prisión para quien utilice o induzca a menores a cometer delitos de alto impacto en el Estado de México.  

Esto deriva de que son hasta 10 años a quien haga que un menor forme parte de una pandilla o asociación delictuosa más la agravante cuando se refiera a que este grupo cometa delitos graves se incrementa en una tercera parte. 

Esta iniciativa fue presentada por la diputada Yesica Yanet Rojas Hernández, del grupo parlamentario del partido Morena y tras el análisis en comisiones también se estableció que serán de 5 a 10 años a quien permita que una niña, niño o adolescente use armas prohibidas sin un fin lícito. También se establecen de 300 a 1500 días multa.  

Además, en la propuesta que reforma el artículo 204 del Código Penal del Estado de México, se estipula que quien obligue a un menor a hacer actos eróticos o sexuales, exhibiciones corporales lascivas o sexuales públicas o privadas será castigado con penas de 5 a 10 años de cárcel y de mil a 4 mil días multa.  

Los diputados consideraron que un menor de edad no puede trabajar en algún establecimiento en el que se venda alcohol o sustancias tóxicas o en lugares que por su naturaleza sean nocivos para el libre desarrollo de su personalidad o salud, se le aplicará prisión de 2 a 4 años y de mil a cinco mil días multa así como el cierre definitivo para su establecimiento. 

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