Aprueba Consejo General del IEEM el procedimiento para entrega de boletas y documentación electoral

0
427

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) en su 23ª Sesión Extraordinaria aprobó el “Procedimiento para la entrega de boletas y documentación electoral a los Consejos Distritales y Municipales Electorales, para el Proceso Electoral 2021”; con la finalidad de que los 125 consejos municipales y los 45 consejos distritales cuenten con las boletas, así como con la documentación electoral que se utilizará en las próximas elecciones.

● A su vez fue aprobada la Adenda a los “Criterios para ocupar un cargo de Consejera o Consejero en los Consejos Distritales y Municipales para el Proceso Electoral 2021”. (Foto: especial).

Por lo anterior, de acuerdo con la normatividad, se advierte que el contenido de dicho procedimiento, constituye la estrategia operativa para realizar con eficiencia y oportunidad la entrega de las boletas y documentación electoral, el cual contempla, entre otras cosas, las consideraciones sanitarias para la distribución de los mismos.

A su vez fue aprobada la Adenda a los “Criterios para ocupar un cargo de Consejera o Consejero en los Consejos Distritales y Municipales para el Proceso Electoral 2021”, la cual fue trabajada por la Dirección de Organización junto con quienes integran la Comisión Especial de Vinculación con Órganos Desconcentrados, con lo que se procurará mantener la paridad de género en la integración de los consejos distritales y municipales, así como constituir una herramienta adecuada para designar a las consejeras o consejeros de los órganos desconcentrados, en aquéllos municipios o distritos en los cuales ya se agotó la lista de reserva.

Por otro lado, se aprobaron los “Criterios de ejecución para la operación de los Lineamientos para el desarrollo de las Sesiones de Cómputo Distrital y Municipal del proceso electoral para la elección de Diputaciones e integrantes de los Ayuntamientos 2021”; con ello, clarificar las distintas funciones, tareas y responsabilidades que las diversas personas operadoras involucradas en su desarrollo deben cumplir, atendiendo los protocolos de salud correspondientes, y brindando un enfoque concreto de las actividades que deberá realizar cada uno de las y los integrantes de las respectivas áreas del IEEM. 

En otro punto, se aprobó la Resolución emitida en el Recurso de Revisión CG-SERR-04/2021; correspondiente al Partido Fuerza Por México respecto al Consejo Municipal Electoral 36, con sede en Huehuetoca, a fin de controvertir la: Aprobación del Informe sobre la Solicitud de otorgamiento de lugares de uso común susceptibles de colocación de propaganda electoral, en su caso aprobación de proyecto de acuerdo con relación al sorteo de lugares de uso común para el periodo de campañas electorales”.

Asimismo se avaló la Resolución emitida sobre el procedimiento de remoción de la consejería municipal CG-SE-PRCV-7/2021,relativa a un ciudadano en calidad de Consejero Electoral Propietario del Consejo Municipal Electoral 058 con sede en Naucalpan de Juárez.

A la par se resolvió sobre la sustitución de diversas candidaturas a Diputaciones por el Principio de Representación Proporcional a la H. “LXI” Legislatura del Estado de México; lo anterior derivado de la solicitud presentada por los partidos políticos y con base en el análisis realizado por la Dirección de Partidos Políticos, toda vez que diversos ciudadanos renunciaron a dicha candidatura postulada por Morena y Redes Sociales Progresistas, en cuyos cambios se sigue observando la paridad en este aspecto.

En tanto que, también fueron sustituidas diversas candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el periodo constitucional 2022-2024; toda vez que diversas ciudadanas y ciudadanos renunciaron a las candidaturas postuladas por el Partido Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Fuerza por México, Redes Sociales Progresistas, Partido del Trabajo, la Coalición Juntos Haremos Historia en el Estado de México y la Candidatura Común Juntos Haremos Historia en el Estado de México, observándose también la paridad de género.

Por último, se dio cumplimiento a la sentencia recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano Local JDCL/96/2021; para que se funde y motive la calificación asignada a la persona con folio E-M0760 en la etapa de la entrevista, de conformidad con los criterios emitidos por el IEEM, por lo que una vez hecho lo procedente, se destaca que, la calificación final obtenida para la conformación de la junta municipal 60 de Nezahualcóyotl, no modifica su integración avalada mediante acuerdo IEEM/CG/05/2021.

Comentarios

comentarios