Con las modificaciones realizadas al Código Penal de la Ciudad de México que entran en vigor este martes, las personas que abandonen a adultos mayores y personas con discapacidad serán castigadas con penas que van de tres meses a tres años de prisión.
De acuerdo con la gaceta de gobierno de la capital del país, los familiares estarán obligados a evitar actos de abandono, hacinamiento o desalojo de los adultos mayores o cualquier acto jurídico que pongan en riesgo su persona, bienes y derechos, es decir, no los pueden correr de sus casas y se penará este tipo de acciones cuando se realicen de forma consciente y deliberada.
También se sancionará la violencia, discriminación, menosprecio, abuso y explotación. Pero también podrán sumarse otras sanciones por lesión o daño y si el agresor es ascendente o tutor del ofendido, se le privará de la patria potestad o la tutela.
En el caso de quien exponga en una institución a adultos mayores y personas con discapacidad o imposibilitadas de valerse por sí mismas, serán castigadas hasta con un año de prisión.
También se adicionó la fracción I al Artículo 4 y un párrafo segundo al 13 de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, para lograr las adecuaciones respectivas al término “abandono”.
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