IEEM ratifica documentación básica de Nueva Alianza en el Edomex

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Durante su 2ª Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) declaró el cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo segundo del Acuerdo IEEM/CG/220/2018 al partido político local “Nueva Alianza Estado de México” y la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a sus documentos básicos y reglamentación interna.

Además, el Consejo General del IEEM ordenó a la Unidad Técnica de Fiscalización atender el procedimiento de liquidación de las asociaciones civiles, constituidas con motivo de las otrora candidaturas independientes en los tres últimos procesos electorales locales (Foto: Especial).

En los puntos resolutivos del Acuerdo se establece que se tiene por presentada en tiempo y forma, la documentación para subsanar las omisiones que fueron detectadas en los documentos básicos, así como la adecuación a su reglamentación de carácter interno del partido político local.

Previo a un análisis que realizó la Dirección de Partidos Políticos, el máximo órgano de dirección del Instituto, declaró la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los documentos básicos, así como la legal y estatutaria de la reglamentación interna y la integración del Órgano Garante de los Derechos Políticos de los Afiliados y Afiliadas de Nueva Alianza Estado de México.

Posteriormente, el Consejo General del IEEM ordenó a la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) atender lo relativo al procedimiento de liquidación de las asociaciones civiles, constituidas con motivo de las otrora candidaturas independientes, así como de todas aquellas que se integraron con la intención de alcanzar tal calidad, en los procesos electorales locales 2014-2015, 2016-2017 y 2017-2018, en la entidad. Es importante aclarar que en su momento dichas asociaciones ya fueron fiscalizadas por el Instituto Nacional Electoral.

El procedimiento de liquidación se realizará apegándose a lo establecido en el Libro Octavo del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, los Lineamientos en la materia y demás normativa de aplicación supletoria en términos de las consultas que formularon al INE los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) de Nayarit y Puebla.

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