Mediación, alternativa para solucionar conflictos de manera ágil y efectiva: Codhem

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En el Centro de Mediación y Conciliación se evita la victimización secundaria y se privilegian actos de no repetición. (Foto: especial).

De acuerdo con la ley, la Codhem tiene como atribución procurar la mediación o la conciliación, a efecto de dar pronta solución a los asuntos que se plantean, excepto cuando se trata de violaciones graves a derechos humanos, es decir, que atentan contra la integridad física, la dignidad de las personas o que, en estricto hecho y derecho, sean actos de imposible reparación del daño, como es la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes, entre otros.

El titular del Centro de Mediación y Conciliación detalló que la mediación y conciliación son medios alternativos de solución de controversias, para los cuales se cuenta con servidores públicos certificados en todas las Visitadurías Generales ubicadas en el territorio estatal, quienes intervienen para fomentar el diálogo, a fin de que la persona quejosa o agraviada se comunique con la o el servidor público acusado y puedan construir acuerdos que satisfagan a ambos.

Mercado Villanueva informó que los asuntos más recurrentes en los que se aplica la mediación son de índole educativo, cuestiones laborales y temas penitenciarios, por ejemplo, la falta de atención médica, el no otorgamiento de credenciales para visitar a personas privadas de la libertad (PPL).

Recientemente se solucionó la queja presentada contra elementos de la policía municipal de Cuautitlán México por agresiones y abusos de autoridad hacia personas que participaron en una marcha en noviembre de 2020; durante la plática mediadora mostraron su disposición a dialogar, al privilegiar la comunicación asertiva y la escucha activa.

Algunos de los principios rectores de la mediación son la voluntariedad, es decir, las personas deciden si se sujetan a la mediación o no; la confidencialidad, para que ni la persona quejosa, ni acusada y ni el personal de la Codhem pueden divulgar lo ocurrido dentro del proceso; imparcialidad, ya que el personal del organismo defensor no debe actuar a favor o en contra de alguna de las partes; y la legalidad, porque la mediación tiene como límites lo que establece la ley, finalizó.

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