PRD propone incorporar figura de acoso laboral en el sector público

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Por considerar que en las dependencias públicas tienen lugar prácticas como trato vejatorio o intimidatorio por parte de una persona o un grupo de personas hacia otra u otras de forma sistemática y recurrente durante un periodo prolongado, las cuales pueden agruparse bajo la noción de acoso laboral, el diputado Omar Ortega Álvarez (PRD) ingresó al Pleno de la 60 Legislatura una iniciativa para incorporar esta figura en la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de México.

Omar Ortega Álvarez (Foto: Especial).

Remitida a las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y de Trabajo, Previsión y Seguridad Social, la propuesta explica que en 2016 México fue el país con el mayor índice de acoso laboral entre las naciones de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), por lo que es necesario legislar al respecto.

Agregó que tanto la Constitución Política federal como la de la entidad establecen el deber constitucional de respetar la dignidad humana y que el artículo 54 de la ley citada señala que en el ámbito laboral queda prohibida toda discriminación por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias políticas, sexuales o estado civil, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, lo que obliga a incorporar la prohibición del acoso laboral.

La propuesta define al acoso laboral como “la conducta que se presenta dentro de una relación laboral, con el objetivo de intimidar, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a una persona, con el fin de excluirla de la organización o satisfacer la necesidad, que suele presentar el hostigador, de agredir, controlar o destruir, a partir de una serie de actos o comportamientos hostiles hacia uno de los integrantes de la relación laboral, en contra de algún empleado o del jefe mismo, así como la exclusión total de cualquier labor asignada a la víctima, las agresiones verbales contra su persona, una excesiva carga en los trabajos que ha de desempeñar y cualquier otra conducta similar o análoga que atente contra la dignidad del trabajador”.

La iniciativa plantea la revisión del contrato laboral de quienes incurran en esta práctica. De aprobarse, se reformaría la fracción XIX y adicionaría el numeral C del artículo 93 y adicionaría la fracción VII del artículo 95 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de México.

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