Comisiones aprueban incrementos en tablas de valores para impuesto predial

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Durante el trabajo conjunto de las Comisiones Legislativas de Legislación y Administración Municipal; Planeación y Gasto Público; y Finanzas Públicas, de la Cámara de Diputados, se aprobó el dictamen sobre tablas de valores unitarios de suelo y de construcciones para el ejercicio fiscal 2025, que servirán para definir el impuesto predial del próximo año.

Comisiones Legislativas unidad (Foto: especial Legislatura).

Aprobaron unos valores actualizados de terrenos y construcciones para 123 municipios, que sirve para saber cuánto se puede cobrar de impuesto predial.

111 de ellos, tendrán un incremento entre el 0.1% y 10%, por ejemplo, entre los municipios que tendrán incrementos para el próximo año están:
Almoloya de Juárez con el 8.37%
Almoloya del Río con el 8% 
Atlacomulco con el 6.1% 
Calimaya con el 10% 
Chapultepec con el 9.7% 
Huixquilucan con el 9.5% 
Lerma con el 7.8% 
Metepec con el 3.99% 
Mexicalcingo con el 5.28% 
Otzolotepec con el 4.83% 
San Antonio la isla con el 10% 
Rayón con el 3.87% 
Temoaya con el 2.72% 
Toluca con el 4.52% 
Xonacatlán con el 3.208% 
y Zinacantepec con el 5.26%

Por otra parte, 12 municipios decidieron mantener el mismo valor de impuesto, es decir, sin incrementos o disminución en predial, y son Chiconcuac, Huehuetoca, Hueypoxtla, Melchor Ocampo, Ocuilan, Otzoloapan, Sultepec, Tecámac, Temascalapa, Tequixquiac, Texcalyacac y Tezoyuca.

En el caso de Jilotepec y Jiquipilco, también usarán los valores del año pasado, a pesar de haber solicitado incrementos de 14 y 12% respectivamente, ya que no se justificó el aumento.

Por otra parte, los diputados pidieron a siete municipios (Apaxco, Chiconcuac, Jilotepec, Jiquipilco, Ixtapan de la Sal, Otzoloapan y Texcalyacac) mejorar su información sobre los valores de sus terrenos, para que sea más clara y correcta.

Además pidieron a los 125 municipios mexiquenses, trabajar para mejorar el cómo recaudan los impuestos de las propiedades, y recomendaron manejar de manera justa los impuestos y valores de las propiedades.

Cabe señalar que hay 27 clasificaciones de áreas homogéneas en cuanto al uso de suelos, que tienen que ver con zonas habitacionales, destinadas a vivienda y resguardo de la población; comerciales, destinadas a las actividades mercantiles de bienes y servicios;  industriales, destinados a las actividades fabriles mediante la transformación o bien máquina de bienes; de equipamiento, que se destina las instalaciones que soportan las necesidades básicas de la población: servicios, administración pública, abasto, comunicaciones, cultura, deporte, educación, recreación y esparcimiento, religión, salud, y transporte. 

Complementan estas áreas, la agrícola, que son terrenos dedicados al aprovechamiento de los recursos de la naturaleza para la producción de cultivos con cinco clasificaciones; agostadero, son aquellos terrenos que por las condiciones de la naturaleza suelo precipitación pluvial y clima permiten el desarrollo de pastizales; forestal, son terrenos en los que se presenta el desarrollo de especies arbóreas que son utilizadas en aprovechamientos maderables, y otros productos derivados; de eriazo, son terrenos pedregosos arenosos medianos o gruesos con poca arcilla y que no pueden retener humedad suficiente y no son susceptibles de cultivo 

Y tres zonas especiales, que incluyen las ruinas y sitios arqueológicos, cuerpos de agua, y reservas naturales.

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