En el estado de México si un patrón practica acoso laboral o lo que actualmente se define como «mobbing» en contra de algún trabajador, esto será una causal de la rescisión de contrato a favor del empleado.
Esto se debe a la reforma a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios que aprobó la LX Legislatura que impulsó la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática (PRD) de la entidad.
De acuerdo con la bancada del sol azteca, a pesar de que las Constituciones federal, estatal, así como la Ley local de la materia protegen la dignidad humana, en diversas áreas como lo es lo es la laboral no se ha entendido el tema.
Los perredistas consideran que el acoso laboral es una forma de violencia psicológica en la cual, la víctima es sometida a todo tipo de maltratos como rumores, burlas, ofensa verbal, descalificación pública, humillación e incluso la violencia física.
Agregan que esta situación produce sentimientos de inseguridad, miedo y desmotivación en el trabajador para afectar su desempeño y lograr que abandone el puesto de trabajo y que la consecuencia es la destrucción moral y psíquica que puede llevarlo hasta el suicidio.
La fracción del PRD explica que cualquier persona puede ser objeto sin importar sus características personales o notables como la inteligencia, la buena apariencia, el éxito social, la buena reputación o sus cualidades sobresalientes como la excelencia profesional, alto sentido ético, entre otros aspectos.
Esto supera el ámbito laboral para el trabajador ya que su impacto llega hasta la familia, compañeros de trabajo u otros círculos sociales y que además de las consecuencias físicas y de la salud para el trabajador, trae afectaciones emocionales o psicológicas como la ansiedad, al trastorno de sueño y gastrointestinales, por mencionar algunos.
Por todo ello, debido a esta reforma la legislatura atiende las problemáticas del sector trabajador y que con esta decisión se amplía el catálogo de los derechos humanos de los empleados.