Pide la Legislatura mexiquense a diputados federales a aprobar reformas en materia de pornovenganza

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La Diputación Permanente de la 60 Legislatura aprobó por unanimidad exhortar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión a continuar el proceso legislativo para tipificar los ataques a la intimidad y a la dignidad personal y establecer penas a quien divulgue material con contenido sexual por internet sin el consentimiento de las personas involucradas.

En sesión que presidió la diputada Karla Fiesco García (PAN), esta instancia legislativa avaló el dictamen a la iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario del PVEM, que llama también a aprobar la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la denominación del Capítulo Único del Título Tercero Bis y se adiciona un Capítulo II al Título Tercero Bis y un artículo 149 Quáter al Código Penal Federal, para reconocer y sancionar las conductas agrupadas en el término “pornovenganza”.

La propuesta de los legisladores José Alberto Couttolenc Buentello y María Luisa Mendoza Mondragón recuerda que desde el 15 de diciembre de 2017 el Senado de la República aprobó un dictamen para modificar el Código Penal Federal en estos términos, no obstante, desde el 1 de febrero de 2018 se encuentra pendiente de dictaminar en la Comisión de Justicia de la Cámara baja.

Conforme al mencionado dictamen, leído por la legisladora Brenda Aguilar Zamora (PRI), la minuta propone tipificar los ataques a la intimidad y a la dignidad personal y establecer penas que van de seis meses a tres años de prisión y de 800 a dos mil días de multa para quien divulgue, sin consentimiento, fotografías, audios o videos con contenido sexual de una persona con la que se haya sostenido una relación afectiva, sentimental o de confianza.

Establece además que las penas se incrementen hasta en una mitad cuando la víctima sea una persona menor de edad o incapaz de entender los hechos, y se obliga a los medios de comunicación en los que pudieran difundirse los contenidos sexuales a eliminarlos en un plazo no mayor a 12 horas cuando se realice la petición por parte del Ministerio Público de la Federación o una autoridad judicial.

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