Propone Acción Nacional capacitación de  protección civil

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En el Grupo Parlamentario de Acción Nacional, estamos convencidos de que hay que prepararse para enfrentar todos los fenómenos naturales y en virtud de la naturaleza de la amenaza contra los civiles, las autoridades deben llevar a cabo diversas actividades de carácter educativo y de socialización, incluida la colaboración las comunidades afectadas por un fenómeno natural, señaló la diputada María de los Ángeles Dávila. 

Que se realicen ferias, ciclos de conferencias y exposiciones científicas, artísticas y educativas para una adecuada capacitación y cultura en materia de protección civil. (Foto: especial).

Al presentar la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se adiciona un párrafo a la fracción XXVI del artículo 17 y se adiciona un párrafo al artículo 89, ambos de la Ley de Educación del Estado de México, señaló que con dicho trabajo parlamentario, se garantiza que las preocupaciones relativas a la protección de la población se integren adecuadamente para desarrollar, actualizar y evaluar con regularidad los conocimientos de docentes, comunidad estudiantil y de la población civil.

Dicha propuesta quedaría para el artículo 17 de la Ley de Educación del Estado de México, Fracción XXVI.- Se realizarán evaluaciones periódicas en esta materia dentro de las materias de los planes educativos, y se celebrarán en coordinación con las autoridades Estatales y Municipales ferias, ciclos de conferencias y exposiciones científicas, artísticas y educativas con la finalidad de contar con adecuada capacitación y cultura en materia de protección civil para la población. Dentro de estas actividades también se realizará una profesionalización del personal de los municipios y del gobierno del Estado Libre y Soberano de México para generar una adecuada profesionalización en la materia.

En tanto que el artículo 89 de dicha Ley quedaría así: la Secretaría celebrará los convenios y acuerdos necesarios para que dentro de los programas educativos se brinde educación y capacitación en materia de protección civil y así dar cumplimiento a lo contenido en la fracción XXVI del artículo 17 de esta Ley.

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