A partir de este lunes, el despojo se considera un delito grave en el Código Penal del Estado de México, tras la reforma al artículo 308 para incluir diversas conductas que constituyen despojo, como la ocupación de inmuebles ajenos o el uso indebido de derechos reales que no pertenecen al autor.

El decreto establece penas que pueden alcanzar 25 años de prisión y multas de hasta mil 500 días para quienes cometan este delito.
Si el despojo ocurre en áreas naturales protegidas, las penas se incrementan de siete a doce años. Además, se introducen agravantes que aumentan las sanciones si el delito se comete con violencia, engaño, o si la víctima es una persona vulnerable, como un adulto mayor o una persona con discapacidad.
El decreto también busca facilitar la restitución de la posesión a las víctimas, permitiendo que, si se demuestra la propiedad legítima mediante inscripción registral, el Ministerio Público solicite la restitución inmediata del inmueble, con lo cual, de acuerdo al texto, se busca responder al aumento de los casos de despojo en el Estado de México, donde se han registrado miles de denuncias en los últimos años.