Durante la Sesión de la Comisión de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización, se dio a conocer que diversos ciudadanos han presentado 19 solicitudes de auditorías a municipios, instituciones u Órganos independientes.
Al respecto la diputada Evelyn Osornio Jiménez señaló que hay 8 municipios que ya se cubren en el Plan Anual 2020 de auditorías que fue presentado por el Osfem el pasado 15 de marzo.
Las solicitudes son las siguientes:
SOLICITUD | PROGRAMA ANUAL DE AUDITORÍAS 2022 | |
1. Atizapán Santa Cruz (Auditoria de Obra) | Se contempla (Legalidad) | |
2. Cuautitlán Izcalli (Auditoria Financiera y de Obra) | Se contempla (Cumplimiento Financiero e Inversión Física) | |
3. Ecatepec de Morelos (Auditoria Financiera al Municipio, al DIF y al Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ecatepec) | Se contempla solo el Municipio (Cumplimiento Financiero e Inversión Física) | |
4. Issemym (Auditoría Financiera) | Se contempla (Cumplimiento Financiero e Inversión Física) | |
5. Juchitepec (Auditoría de Obra) | Se contempla. 2022 (Desempeño) | |
6. La Paz (Dos solicitudes de Auditoria de Obra) | Se contempla (Cumplimiento Financiero e Inversión Física) | |
7. Naucalpan (Tres solicitudes de Auditoria Financiera) | Se contempla (Cumplimiento Financiero e Inversión Física) | |
8. Toluca (Auditoria Financiera) | Se contempla (Cumplimiento Financiero e Inversión Física) | |
9. Acambay (Auditoria Financiera) | No se contempla | |
10. Atlacomulco (Auditoría Financiera) | No se contempla | |
11. DIF Jaltenco (Auditoría Financiera) | No se contempla (Se considera Auditoria de Legalidad al Municipio) | |
12. Mexicaltzingo (Auditoria Financiera) | No se contempla | |
13. Ocoyoacac (Auditoria Financiera y de Obra) | No se contempla | |
14. Otumba (Auditoría Financiera) | No se contempla | |
15. San Martín de las Pirámides (Auditoría Integral) | No se contempla | |
16. Texcalyacac (Auditoría Financiera y de Obra) | No se contempla | |
Añadió además, que para que la validez y aprobación de una auditoría especial, los solicitantes deben cumplir con 6 requisitos indispensables:
“La solicitud ciudadana para la práctica de auditoría a la que se refiere la fracción 15 del artículo anterior (artículo 31 Bis. de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México), debe cumplir con seis -requisitos-; primero, la solicitud de la auditoría; segundo, los hechos, actos u omisiones que la motivan; tercero, el señalamiento de la autoridad a quien se la tribuyan los hechos, actos u omisiones; cuarto, las pruebas que justifican la acción; quinto, el domicilio para recibir notificaciones; y sexto, el nombre y firma de la persona solicitante”.Finalmente dijo, este tipo de solicitudes se pueden realizar en cualquier momento del año ya que la ley no determina si se tienen que solicitar antes o después de la presentación del Plan Anual de Fiscalización.